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      ¿Cómo cobrar a un deudor alimentario moroso?: columna de la abogada Patricia Kaufmann Payero

      En diálogo con "Pasen y Vean", programa que se transmite de 9.30 a 12 horas por LU9 Mar del Plata, Dra. Patricia Kaufmann Payero, abogada especialista en derechos de familia y adultos mayores, analizó la legislación actual sobre alimentos, ejecución y particularidades en la provincia de Buenos Aires.

      2 de marzo de 2026 | 21:00
      ¿Cómo cobrar a un deudor alimentario moroso?: columna de la abogada Patricia Kaufmann Payero

      La falta de pago de la cuota alimentaria es una problemática extendida en la provincia de Buenos Aires y también en Mar del Plata. Según datos mencionados por la abogada de familia Patricia Kaufmann Payero, "7 de cada 10 mamás no reciben la cuota alimentaria o no pueden cobrarla", una cifra que expone la magnitud del conflicto.

      Frente a este escenario, en los últimos años se implementaron modificaciones en el Código Procesal y en el Registro de Deudores Alimentarios bonaerense que permiten acelerar la ejecución judicial y aplicar sanciones civiles y administrativas a quienes incumplen.

      Cuota anticipada y vía más rápida

      Kaufmann Payero explicó que, iniciado el expediente, el juez puede fijar una cuota alimentaria anticipada teniendo en cuenta el índice de crianza del Indec, según la edad de cada niño o adolescente.

      Una vez determinada la obligación, si el progenitor no cumple, se habilita la ejecución judicial. "La vía ejecutiva se hace mucho más rápida, más expedita", señaló la letrada, y remarcó que el objetivo es que "ese dinero efectivamente le llegue a nuestros pibes, porque es dinero de los pibes".

      En la práctica, la cuenta donde se deposita la cuota suele ser judicial y administrada por el progenitor conviviente, ya que los menores no pueden ser titulares.

      Registro de deudores y sanciones

      Uno de los ejes centrales es la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios. Si bien no implica el cobro automático, habilita una serie de restricciones que pueden resultar determinantes.

      Entre ellas, el impedimento para renovar la licencia de conducir, ejercer cargos públicos en la Provincia o en municipios, e incluso otras limitaciones que algunos jueces han dispuesto según el caso particular.

      La abogada detalló que existen antecedentes en distintas jurisdicciones donde se restringió el ingreso a clubes, la salida del país o se impusieron tareas comunitarias. "Son sanciones que van cercando al deudor frente al incumplimiento y buscan vencer la oposición al pago", indicó.

      Cada medida se analiza de acuerdo con la situación concreta de la familia, ya que, en palabras de la especialista, "las cuestiones de familia requieren ver cada caso en particular".

      Notificación por WhatsApp y mala fe procesal

      Otra herramienta clave es la posibilidad de notificar la demanda por WhatsApp. Esta modalidad apunta a evitar maniobras dilatorias vinculadas a la negativa de domicilios o datos de contacto.

      "El teléfono está registrado a nombre de alguien, la compañía lo tiene identificado", explicó Kaufmann Payero, en referencia a quienes intentan eludir la notificación formal.

      La normativa también contempla sanciones económicas por mala fe procesal, por ejemplo cuando se ocultan ingresos o se declara parcialmente el salario. La multa puede ir de 40 a 200 Jus -unidad arancelaria que ronda los 46 mil pesos-, lo que implica montos significativos.

      El fraude, sostuvo la abogada, es uno de los principales obstáculos: ocultar patrimonio, ingresos o domicilios impacta directamente en la posibilidad de que los niños reciban alimentos, educación, salud y esparcimiento.

      Una problemática estructural

      Si bien existen casos en que la obligación recae sobre la madre, la práctica profesional indica que mayoritariamente son los hombres quienes incumplen. Cuando las mujeres deben aportar, señaló la letrada, suelen presentarse a las audiencias, ofrecer montos y aceptar embargos para facilitar el cumplimiento.

      La cuota alimentaria incluye no solo gastos ordinarios -escuela, ropa, alimentación- sino también extraordinarios como viajes, tratamientos médicos o actividades deportivas.

      Para Kaufmann Payero, el desafío es generar conciencia: se trata de cubrir necesidades básicas de hijos e hijas. "Estamos hablando de la comida de tus propios hijos", advirtió.

      En Mar del Plata y en toda la Provincia, las herramientas legales existen. El reto es utilizarlas con celeridad y firmeza para garantizar un derecho básico de niños, niñas y adolescentes.

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