Distribuidoras de gas deberán informar a usuarios sobre el plan de facilidades de pago
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Las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes
deberán incluir en las facturas de consumo, tanto de usuarios residenciales
como no residenciales, una referencia explícita al plan de facilidades de pago
de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas vigente para cancelar
deudas, dispuso hoy el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
El plan
fue aprobado a fines de junio pasado por el Ministerio de Economía y la
información a los usuarios deberá efectuarse en línea separada del resto de los
conceptos incluidos en las facturas, bajo la denominación: "Plan de Pago (DNU
311/20 - Res MEC 383/21) __/__", con indicación del número de cuota que se está
recuperando sobre el total de cuotas del plan.
La
resolución 210 del Enargas, publicada este lunes en el Boletín Oficial, aclara
que la falta de pago o mora en el pago de tres cuotas consecutivas o seis
alternas, por parte de quienes hayan adherido a un plan de facilidades
"habilitará a las prestadoras al corte del suministro por falta de pago de
facturas por servicio a dichos usuarios y usuarias".
El Ente
añadió que las distribuidoras podrán extender las condiciones de los planes de
facilidades establecidas en el decreto 311/20, a deudas adquiridas fuera del
plazo de vigencia del mismo y/o respecto de usuarias o usuarios no
alcanzadas/os por éste, sean residenciales o no residenciales según sea el caso.


