El Gobierno congeló el precio del oxígeno líquido medicinal
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El Gobierno
estableció que los sujetos que integran la cadena de producción, transporte,
distribución y acarreo de oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo, no
podrán aumentar sus precios de venta y prestación de servicios por 90 días.
Lo hizo a
través de la Resolución Conjunta 6/2021 de los ministerios de Salud y de
Desarrollo Productivo, publicada este jueves en el Boletín Oficial, que precisa
que se considerará precio máximo de venta del oxígeno líquido el vigente en
este día.
En la
normativa firmada por los ministros de Salud, Carla Vizzotti , y Desarrollo
Productivo, Matías Kulfas, se fundamentó que en virtud del momento que
atraviesa la situación sanitaria, se estima razonable disponer transitoriamente
para todos los sujetos que integran la cadena de producción, transporte,
distribución y acarreo de oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo así como
todo servicio accesorio para su provisión en los establecimientos de Salud, que
no podrán incrementar sus precios por un plazo de 90 días.
La medida
intima a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción,
distribución y acarreo de oxígeno líquido, a incrementar su producción hasta el
máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para
asegurar su transporte, distribución y comercialización en todo el país durante
el período que dure la emergencia sanitaria.
También
determina para todos los sujetos productores de oxígeno líquido en el territorio
nacional, el abastecimiento de la demanda de los establecimientos asistenciales
y productivos del sector de la salud con carácter exclusivo.
Además, la
norma crea la Comisión de Monitoreo de Insumos Críticos para la atención de
Covid-19 que estará integrada por los ministros de Salud y de Desarrollo
Productivo.
Esta comisión podrá requerir mediante resolución fundada información a los sujetos alcanzados por la presente medida y a los establecimientos de salud de todo el país, para el cumplimiento de sus finalidades públicas.
También
podrá instruir a las empresas productoras y distribuidoras de oxígeno líquido
medicinal, la provisión constante e ininterrumpida en el territorio nacional a
los establecimientos de salud sin perjuicio de contratos preexistentes con otro
destino.
En los
fundamentos se resaltó que el oxígeno medicinal se posiciona como un insumo
crítico en la atención de los pacientes afectados por Covid-19 y las
dificultades en su provisión y distribución pueden convertirse en uno de los
factores que agraven la saturación del sistema de salud "con consecuencias
en el aumento de la morbilidad y mortalidad de esta patología".


