El transporte público deberá contar con cámaras de seguridad
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El Gobierno
bonaerense determinó este miércoles que las unidades automotoras que se
incorporen para ser afectadas a los servicios de transporte público de
pasajeros de línea regular deberán contar con equipo de cámaras de seguridad,
lo que deberá ser constatado por la Verificación Técnica Vehicular (VTV).
Lo hizo a
través de la resolución 35 de la Subsecretaría de Transporte publicada en el
Boletín Oficial del distrito.
Además
dispuso que dentro de los 180 días contados a partir de este miércoles, las
empresas deberán presentar un plan de instalación de cámaras de seguridad
"en todas las unidades automotoras que ya se encuentren incorporadas al
parque móvil de servicios de transporte público de pasajeros de línea regular,
a ejecutarse en un año".
En tanto,
las unidades que ya cuenten con equipos de cámaras de seguridad, deberán ser
homologados de acuerdo al procedimiento que apruebe la Dirección Provincial de
Transporte en su oportunidad.
Se remarcó
en la medida que "el incumplimiento de la colocación y/o portación de
la/las cámara/s de seguridad, así como el mal funcionamiento de las mismas, y/o
cualquier otra acción, hecho o circunstancia que configure una infracción a la
normativa vigente, será pasible de sanciones, pudiendo conllevar, inclusive, la
desafectación de la unidad".
"En
todos los casos podrá aplicarse como principal o accesoria la inhabilitación
temporaria o definitiva de la unidad", se indicó y se aclaró que la falta
se configurará en forma individual respecto de cada unidad en infracción a la
normativa.
En los
fundamentos se recordó que la Ley N° 14.897 estableció la obligación para todas
las unidades de transporte colectivo de pasajeros de jurisdicción provincial y
municipal que prestan servicios dentro del territorio de la provincia de Buenos
Aires de contar con cámaras de seguridad que filmen en tiempo real y almacenen
imágenes.
Se expuso
que ahora, "dicho incumplimiento podrá ser verificado de oficio por la
Dirección de Permisos y Habilitaciones, a través de la declaración jurada de
parque móvil o de la información proporcionada por el Ente Regulador de la VTV;
o constatado a través de la fiscalización de los servicios por la Dirección
Provincial de Fiscalización del Transporte".
"La
ausencia o defecto de funcionamiento de la/s cámara/s de seguridad en un
vehículo afectado a la prestación del servicio de transporte de pasajeros,
constatada por el fiscalizador, constituye infracción a la normativa
vigente", se precisó.


