Exportadores agrícolas deberán liquidar tributos de forma automática
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La Dirección
General de Aduanas (DGA) dispuso la liquidación automática de las obligaciones
tributarias correspondientes a las exportaciones de productos agrícolas, a
través de la Resolución General 4977/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La
modificación implementada por el organismo que depende de la AFIP simplifica
los trámites para las firmas exportadoras, y permite a la DGA optimizar sus
herramientas de fiscalización y control.
La normativa
modifica el sistema vigente, en el que los exportadores de productos
"autoliquidaban" los tributos una vez presentada la Declaración
Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
Ese
mecanismo, ahora reemplazado, implicaba que en cada operación el exportador
debía calcular los tributos correspondientes y esperar la verificación por
parte de la Aduana.
Con la
información aportada por el exportador, el Sistema Informático Malvina de la
DGA calculará en forma automática los tributos y generará en forma sistémica la
liquidación.
La normativa
implica el desarrollo de instrumentos que, además de optimizar las funciones
específicas en materia aduanera, favorecen la competitividad y la facilitación
del comercio exterior, sin perder de vista los controles y la gestión de
riesgo.
La
exportación de productos agrícolas alcanzados por la Ley 21.453 exige la
autorización previa por parte de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios del
Ministerio de Agricultura, que se efectiviza a través de DJVE.
La normativa
de la Aduana introduce el cálculo y la generación automática de la liquidación
en concepto de derechos y estímulos a la exportación, en el momento del
registro de la declaración de la venta al exterior.


