Ganancias: no habrá retención en sueldos de hasta $150 mil en junio ni en el aguinaldo
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La titular
de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del
Pont, confirmó este lunes en diálogo con Radio 10 que "estamos firmando la
reglamentación de la modificación del impuesto a las Ganancias para la cuarta
categoría; y lo hacemos con cierto apuro, porque la idea del Gobierno es que
esta medida traiga alivio el mes que viene, cuando se cobren los salarios de
junio y también el medio aguinaldo".
Según indicó
Marcó del Pont "se busca fundamentalmente sacar el impuesto a las
Ganancias a una cantidad de trabajadoras y trabajadores que habían sido
incluidos en los últimos años, para volver a una relación histórica, en la cual
solo uno de cada diez trabajadores pagará este impuesto".
"Esto
implica que el ingreso disponible y la capacidad de consumo, sobre todo de un
sector importante de la clase media, va a aumentar en cerca de 50 mil millones
de pesos; esa es la transferencia que se generará con la puesta en
funcionamiento de esta ley".
Así más de
1.200.000 de personas con salarios de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar el
impuesto.
Marcó del
Pont precisó además que la retención que se practicó a los salarios entre enero
y mayo "será devuelta en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas a
partir de julio".
"Todos los
que ganen hasta 150.000 pesos no van a tener retención y los que están entre
150.000 y 173.000 verán una reducción en la carga tributaria", confirmó.
La
modificación del Impuesto a las Ganancias se aplicará de manera retroactiva al
1° de enero de 2021, con lo cual se devolverá el dinero descontando por este
concepto a lo largo del primer trimestre del año, lo que podría volcar unos 10
mil millones de pesos al consumo interno.
La ley
contempla también que los salarios superiores a 173.000 pesos brutos
continuarán pagando los mismos valores que desde el primero de enero cuando se
actualizó el Mínimo No imponible en un 35%.
Entre las
modificaciones que se incluyeron al proyecto original se encuentra la exclusión
del cálculo del gravamen del aguinaldo de los que están beneficiados con esta
medida. Además, se permitirá a los jubilados que perciben hasta ocho
jubilaciones mínimas acceder al beneficio aunque tengan ingresos extras hasta
los $164 mil anuales.
Por otra
parte, los cambios también afectan la actual legislación en materia de parejas
en concubinato. Hasta la sanción de la reforma, la ley habilitaba deducir al
cónyuge. Sin embargo ahora se amplió ese derecho al concubino, cualquiera fuera
su sexo.
Además, se
incorporó un artículo que mantiene el beneficio del "22% adicional"
en la región patagónica pero con una carga tributaria menor que el resto de los
contribuyentes, lo que "beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y
jubilados".
Por otro
lado, se excluyó del pago de ganancias del reintegro de gastos de guardería
para los hijos e hijas de hasta 3 años, con un monto de hasta $67.000 por año.


