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      La Justicia suspendió provisoriamente 80 artículos de la Reforma Laboral

      En diálogo con "Pasen y Vean", por LU9 Mar del Plata, la columnista y abogada especialista en Derechos Humanos, Patricia Kaufmann Payero, hizo referencia a la última sentencia de la Justicia sobre suspender de forma provisoria 80 artículos de la Ley de Mordenización Laboral, aprobada por el Congreso e impulsada por el Gobierno Nacional.

      30 de marzo de 2026 | 21:00
      La Justicia suspendió provisoriamente 80 artículos de la Reforma Laboral

      En un fallo reciente, la Justicia laboral declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley de modernización laboral y suspendió su aplicación mediante una medida cautelar. La resolución, dictada por el juez nacional del trabajo Ojeda, se da en el marco de una acción colectiva impulsada por la CGT y alcanza a todos los trabajadores y empleadores.

      El punto central del fallo radica en el mecanismo de actualización de créditos laborales en juicios, contemplado en ese artículo. Según se explicó la Dra. Patricia Kaufmann Payero en diálogo con LU9 Radio Mar del Plata, "varios tribunales ya venían considerando que este artículo ponía en desventaja al trabajador", y por eso se resolvió su inconstitucionalidad, incluso de oficio, sin necesidad de que lo solicitara la parte demandante .

      Una cautelar con alcance general

      La medida tiene carácter provisorio, ya que se trata de una cautelar y el fallo no está firme. Esto implica que el Estado nacional podrá oponerse y eventualmente apelar la decisión en instancias superiores.

      Sin embargo, el alcance es amplio: al tratarse de una acción colectiva, la suspensión impacta sobre la totalidad de las relaciones laborales alcanzadas por la norma. "Es para todos los trabajadores y empleadores", se remarcó en la explicación jurídica .

      Los fundamentos: Constitución y derechos laborales

      El juez basó su decisión en la posible vulneración de principios constitucionales, especialmente el artículo 14 bis, que protege los derechos del trabajador. También hizo hincapié en el principio de progresividad, al sostener que "ninguna ley puede colocar al trabajador en una situación peor a la que ya tenía" .

      En ese sentido, el fallo advierte sobre un "peligro en la demora", al considerar que la aplicación de la ley podría generar efectos difíciles o imposibles de revertir, consolidando situaciones de desprotección.

      Otros artículos también cuestionados

      La resolución no se limita al artículo 55. Según se detalló, el juez también declaró la inconstitucionalidad de otros aspectos de la reforma laboral, entre ellos:

      • el fondo de asistencia laboral
      • la limitación de la responsabilidad solidaria en grupos económicos
      • cambios en el cómputo de la antigüedad para indemnizaciones

      Además, se cuestionaron modificaciones vinculadas a la exclusión de ciertos conceptos salariales, la extensión del período de prueba y la situación de los trabajadores de plataformas digitales, a quienes la ley considera prestadores independientes.

      Qué puede pasar ahora

      El Gobierno tiene la posibilidad de recurrir la medida. El camino judicial incluye la revisión en Cámara y eventualmente en la Corte Suprema.

      Aunque la decisión se apoya en argumentos "robustos" desde el punto de vista jurídico, el resultado final dependerá de las interpretaciones que realicen los tribunales superiores.

      Por ahora, la clave está en que la Justicia entendió que la reforma, tal como fue planteada, podría implicar una reducción en los niveles de protección laboral sin una compensación adecuada, lo que abre un nuevo capítulo en el debate sobre el alcance y los límites de los cambios en materia laboral en la Argentina.

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