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      Tasaron cuatro pingüinos del exAquarium por U$s 40 mil para su venta: análisis del abogado ambientalista Lucas Micheloud

      En diálogo con "Ecos de Mañana", programa que se transmite de 7.30 a 9.30 horas por LU9 Mar del Plata, Lucas Micheloud, abogado, docente y director ejecutivo de la Asociación de Abogados Ambientalistas, analizó el polémico caso del exAquarium y la venta de pingüinos.

      27 de agosto de 2026 | 10:08
      Tasaron cuatro pingüinos del exAquarium por U$s 40 mil para su venta: análisis del abogado ambientalista Lucas Micheloud

      Cuatro pingüinos saltarines que todavía permanecen en el predio del ex Aquarium de Mar del Plata fueron incorporados como "bienes de cambio" a la quiebra de la empresa que administraba el complejo y tasados en 40.000 dólares para una eventual venta al exterior. El abogado Lucas Micheloud, director ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA), sostuvo en diálogo con LU9 que se trata de "una ilegalidad manifiesta", porque —planteó— los animales no pueden considerarse cosas ni activos para saldar deudas.

      El letrado remarcó que la operación se trabaja "dentro de un expediente concursal, sin dar autorización o sin dar intervención para que la autoridad ambiental intervenga". Advirtió que hay "una denuncia penal en curso" y reclamó que la Justicia disponga que los animales en condiciones sean restituidos a su hábitat natural "a costa y cargo de la empresa" que, dijo, lucró durante tres décadas con la fauna marina.

      Cuatro pingüinos tasados en 40.000 dólares

      Según el último informe de la sindicatura, a cargo de Andrea Alejandra Hoff, cuatro pingüinos de la especie Eudyptes chrysocome —conocida como pingüino saltarín o de penacho amarillo— fueron valuados en 56,8 millones de pesos, equivalentes a 40.000 dólares al tipo de cambio de 1.420 pesos utilizado en la presentación.

      La cifra está condicionada: solo se incorpora al activo si se concreta una venta al exterior a una institución internacional calificada. Por el momento no hay comprador identificado ni operación cerrada, y en el predio permanecen 59 pingüinos en total (53 magallánicos, dos de la variedad rey y cuatro saltarines), cuidados por los últimos empleados.

      El complejo, ubicado junto al Faro de Punta Mogotes, cerró el 31 de marzo de 2025, luego de que The Dolphin Company —la multinacional mexicana que controlaba Plunimar— no renovara el alquiler del terreno. La firma entró en cesación de pagos en enero de 2026 y la quiebra fue declarada el 20 de febrero por el Juzgado Nacional en lo Comercial N°20, a cargo del juez Eduardo Malde. Es la segunda operación de este tipo dentro del proceso: a fines de 2025 se trasladaron diez delfines nariz de botella a un acuario de Hurghada (Egipto) por 800.000 dólares, y hace poco los últimos lobos marinos fueron reubicados en Mundo Marino, en San Clemente del Tuyú.

      "No son cosas muebles": el planteo de fondo

      Para Micheloud, la discusión excede lo económico y abre un debate "ético, filosófico y también jurídico". El abogado dijo repudiar la medida y afirmó que rechaza que los pingüinos sean tratados como "cosas muebles semovientes", tal como —según explicó— los define el campo del derecho civil y desde donde, a su entender, trabajan la sindicatura y la empresa para venderlos.

      En esa línea, sostuvo que "los cuatro pingüinos que se han puesto en venta son sujetos de derechos", con capacidad de sentir y de sufrir. Desde ese lugar, remarcó, la práctica que "la justicia pretende naturalizar" es, para la asociación, "ilegal".

      El antecedente de Punta Tombo

      El abogado apoyó su argumento en el juicio por la masacre de pingüinos de Punta Tombo, del que la AAdeAA fue querellante. Recordó que aquel proceso fue "histórico" y planteó que allí se reconoció a los pingüinos como seres con capacidad de sufrir.

      Ese juicio, en Chubut, terminó con la condena a Ricardo La Regina a tres años de prisión de ejecución condicional por daño ambiental agravado y crueldad animal, en un fallo que incorporó por primera vez en la Argentina la figura del "ecocidio", según el voto del juez Carlos Richieri. Micheloud tomó ese precedente para sostener que la fauna no puede quedar sujeta a apropiación privada.

      "Una ilegalidad manifiesta": las leyes que, según el abogado, se pasan por alto

      El letrado enumeró un "paquete de leyes" que, afirmó, están siendo omitidas en el trámite de la quiebra: la Ley 14.346 de maltrato animal; la Ley 22.344 de adhesión a la CITES (el convenio que regula el comercio internacional de especies amenazadas); la Ley General del Ambiente (25.675); y el artículo 20 de la Ley 22.421 de conservación de la fauna, que faculta a la autoridad de aplicación a prohibir la caza, el comercio interprovincial y la exportación de ejemplares de especies en retroceso o amenazadas.

      Micheloud sostuvo que "no puede el patrimonio de una empresa en quiebra incluir seres vivos sintientes como activos de cambio para pagar deuda sin que intervengan las autoridades ambientales". Y planteó que la Ley de Concursos y Quiebras, que regula la realización de los bienes del fallido, "no puede ir en contra de normas de orden público, en este caso ambientales". Para el abogado, los pingüinos son, "en todo caso, bienes de dominio público".

      "Bajo la apariencia del rescate": la crítica al modelo

      El director de la AAdeAA cuestionó también el argumento del "rescate" que suelen esgrimir este tipo de establecimientos. Según su mirada, "bajo la apariencia del rescate, lo que hace realmente" es "capturar a estos animales no humanos, ponerlos al servicio del entretenimiento" y de "los negocios privados".

      Micheloud graficó que, tras cerca de 30 años de explotación de unos 60 pingüinos y otras especies, cuando la empresa se queda sin recursos, en lugar de garantizar "el restablecimiento en su hábitat natural", los pone en venta. "Contradice el sentido común", planteó: animales en cautiverio que "terminan en el mercado internacional", "arrojados en otros acuarios del mundo".

      Comprar un pingüino, un delito

      Consultado sobre si un particular podría, sin más, comprar uno de los ejemplares, el abogado fue categórico: "por supuesto que no". Advirtió que quien lo haga "de manera privada tiene que saber que está cometiendo un delito", porque la ley de fauna prohíbe capturar animales silvestres.

      Por último, diferenció responsabilidades: aclaró que el costo no puede recaer sobre los trabajadores, sino "sobre los que lucran, sobre los responsables, sobre los directivos". Lo que debería exigir la Justicia, insistió, es que los animales que estén en condiciones sean devueltos a su hábitat natural con cargo a la empresa que se benefició durante tres décadas.

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