ECONOMÍA
A través del decreto 473 publicado en el Boletín Oficial se establece que ningún trabajador que gane hasta $ 1.770.000 pagará el gravamen. Será calculado para la segunda cuota del aguinaldo.
13 de septiembre de 2023
El Gobierno formalizó el incremento, a partir del 1 de octubre próximo, del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles mensuales, para el segundo semestre del período fiscal 2023, a través del decreto 473/2023 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
El mismo estableció que "para el segundo semestre del período fiscal 2023, el monto de la remuneración o del haber bruto" que se toma en cuenta como mínimo no imponible de Ganancias "ascenderá a una suma mensual equivalente, conforme el monto que esté vigente el 1 de octubre de 2023, a quince salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM)".
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