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La decisión fue tomada este martes por unanimidad. Se trata de Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel en la causa por la muerte de la adolescente.
23 de noviembre de 2021
El jurado de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios de la provincia de Buenos Aires decidió por unanimidad la suspensión de los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, integrantes del Tribunal en lo Criminal 1 de Mar del Plata. En 2018, los jueces absolvieron a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel en la causa que investiga la muerte de Lucía Pérez.
De esta forma, no retomarán provisoriamente sus funciones para ser sometidos a un jury. Con la suspensión provisoria de los magistrados, deberán presentarse las respectivas pruebas para dar inicio al debate público, cuya fecha aún no fue dispuesta, para establecer si se los destituye o no de sus cargos. Además de la suspensión de los magistrados, el Jurado resolvió también que se le embargue el 40 por ciento de los sueldos.
En la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados, a la que accedió Télam, se indicaba que "la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos por el gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes".
"Dan cuenta las denuncias de manera concordante que la niña fue drogada, abusada sexualmente y asesinada, por lo que la sentencia dictada lejos de ajustarse a derecho evidencia una clara arbitrariedad, que deja impune el femicidio, de lo que demuestra con supina claridad la incompetencia e incumplimiento a los deberes del cargo de los juzgadores", señalaron los acusadores. También consideraron que "se advierte que no existió justificación alguna para negar que en el suceso se hubiera producido un abuso sexual respecto de la menor, con los agravantes ya enunciados".
En el informe se cuestionó, además, que el TOC 1 se enfocó en "indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal".
Además de la Bicameral, los jueces fueron acusados por la Defensoría del Pueblo, los padres de Lucía, legisladores nacionales y el procurador General de la Suprema de Corte de Justicia provincial.
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