Aborto

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"El sector privado viene más atrás con la aplicación, ha hecho mucho dinero con la clandestinidad"

El próximo 24 de enero comienza la implementación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. En el territorio bonaerense se elaboró una guía para que los profesionales de la salud puedan agilizar la aplicación. Se destaca la importancia del seguimiento anticonceptivo posterior a la práctica.

20 de enero de 2021

A partir de la sanción y promulgación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo desde el Ministerio de Salud y el Ministerio de Género bonaerense elaboraron una guía para orientar a los equipos de salud, "marcar qué es lo que cambia de lo que se venía haciendo a ahora", indicó en diálogo con LU9 Sabrina Balaña, directora provincial de Equidad de Género en Salud.

"Muchas veces las leyes llevan un tiempo de implementación y contar con protocolos o guías que explican a los equipos facilita y acelera su aplicación", añadió y puntualizó que implica "explicar que sólo se necesita la voluntad de la persona gestante, qué tienen que completar en la historia clínica, que no se hace más la evaluación de causales hasta la semana 14 pero que luego de la semana 14 es legal y voluntario en algunos casos en los que sí hay que acreditar causales como violación o si tiene riesgo de vida o salud. Esta diferencia que parece sencilla en la práctica requiere de adaptaciones. Y también actualizamos sobre el uso de tratamientos para la práctica".

Con respecto a la resistencia en la aplicación de la ley, destacó que "en enero 2020 adherimos al protocolo nacional que existía hasta ese momento. Eso dio un marco a los equipos de salud y nos dimos cuenta que muchos rechazaban la práctica porque les daba miedo, inseguridad o pensaban en consecuencias legales. Todo lo que trabajamos, sirve para que entiendan que los problemas legales son para quienes no realicen las prácticas o rechacen".

"En el sector público -continuó- lo venimos trabajando mucho pero el sector privado viene un poco más atrás ya que es un sector que ha hecho dinero con la clandestinidad y algunas instituciones son de tinte religioso, tienen restricciones. Por eso trabajaremos fuerte con IOMA y todos los privados que lo tienen para que entiendan la aplicación de la guía de implementación en todos los estamentos de salud provinciales".

Con respecto a la objeción de consciencia "las únicas personas que tienen ese derecho son quienes participan activamente de la práctica, osea el que está en consejería, que entrega el medicamento o realiza la práctica. No así los enfermeros, ecógrafos o quienes asistan o colaboren, porque están en su deber como profesionales de asistir". Además "la objeción debe hacerse es antes de la práctica, no cuando una mujer se acerca al centro de salud. Tienen que avisar con antelación a la institución que trabajan y poner otro médico que garantice la práctica. Hay que naturalizar la práctica como un tema de salud. La negación y sanción cabe al profesional en tanto y en cuanto no pueda garantizar la práctica (10 días) con otro profesional, con una derivación rápida y efectiva, lo cual es responsabilidad del profesional y la institución".

Si bien no hay una edad mínima para realización de un aborto, aunque "no es lo mismo una persona menor de 13 años que va a requerir el acompañamiento y asistencia en el consentimiento de un adulto responsable, que una de 13 a 16 donde depende de la progresividad de la autonomía que plantea el Código Civil. Y también depende del tipo de práctica, si puede poner en riesgo su vida se requiere tutor".

Aunque no es condición obligatoria, la funcionaria destacó la formación de equipos multidisciplinarios "que den la posibilidad de intervención psicológica tras la práctica porque pueden detectar otras problemáticas preexistentes y lo que genere la situación de interrupción. Lo que venía siendo traumático era la clandestinidad, poder ir a un lugar de salud y que te acompañen es reparador".

Por último, sobre si existen límites de prácticas por persona gestante, indicó que "no las hay, no las establece la ley porque no está puesto el eje en la cantidad. Que la persona pueda asistir a un centro de salud, luego de acompañar en la interrupción, hay que garantizarle con el mismo compromiso un método anticonceptivo para que no vuelva a estar en esa situación".

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