Ampliación de derechos
La equiparación también se dio entre personal docente y no docente, y hay facilidades para padres y madres adoptantes y casos de menores con discapacidades.
21 de julio de 2021
Dentro del Programa Integral de Políticas de Género que aborda la Universidad Nacional de Mar del Plata desde hace tiempo, se logró en los últimos días la equiparación de licencias filiales entre personas gestantes y no gestantes, así como entre personal docente y no docente.
"De esta forma se extiende la licencia al no gestante, generalmente los padres, a 45 días que es el período en que los médicos entienden que la persona gestante necesita un acompañamiento. Y la licencia es obligatoria no opcional", explicó la secretaria de Asuntos Laborales Universitarios de la UNMDP, Romina Hernández, quien destacó la labor del equipo interno del claustro universitario así como de los gremios ADUM y APU, quienes realizaron importantes aportes contemplados en el proyecto final.
"De hecho la licencia tenía diferencias entre el personal no docentes y el docente por lo que decidimos igualarla", añadió y analizó que "la legislación actual no acompaña a los no gestantes y a veces tienen que pedir vacaciones para acompañar el proceso y no es la idea, y no es solo por la corresponsabilidad de la vía de cuidado. También tiene que ver con equiparar situaciones para que deje de existir esa instancia en la que a las mujeres muchas veces se nos pregunta a la hora de obtener un trabajo, si planificamos o no ser madres".
Los puntos principales de la modificación de licencias son:
-Se unifica en 90 días la extensión de la licencia para la persona gestante, sea Docente o No Docente, ampliando el plazo de estas últimas.
-Se extienden a 45 días corridos las licencias para el/la progenitor/a no gestante como incentivo para que el ejercicio de esta última no sea opcional y, para generar el cambio cultural buscado, se la fija en términos de prohibición de trabajar.
-Con la vocación de igualar derechos, independientemente del vínculo filiatorio y la modalidad de familia, sin distinción de género, se equiparan todas estas licencias para familias adoptantes y se contempla la licencia para someterse a procedimientos y técnicas de fertilización asistida, de modo tal que madres, padres e hijos/as tengan derecho a las mismas licencias de cuidado, cualquiera sea el caso.
-Se prevén situaciones especiales de extensión de las licencias para casos de nacimiento y adopción múltiple, con discapacidad o prematuros. En todos los casos, se abandona la concepción de que las destinatarias exclusivas de esas franquicias o institutos son las madres, o las madres gestantes.
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